La FADSP recurre ante el Tribunal Supremo Sentencia del TSXG
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La FADSP recurre ante el Tribunal Supremo Sentencia del TSXG que autoriza a compatibilizar servicios médicos en la pública y en la concertada, y denuncia a la Xunta por dejadez de funciones.
La Federación de Asociaciones en Defensa de la Sanidad Pública compareció ante el Tribunal Supremo para solicitar que se confirme la doctrina sobre incompatibilidades que impide la prestación de servicios médicos en la sanidad pública y en la concertada, con el objeto de evitar la merma del servicio sanitario público.
La incompatibilidad para prestar de servicios en el sector público y en la sanidad concertada, viene sancionada por la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. A pesar de esto el 20% del personal médico de atención especializada está compatibilizando sus servicios en la pública y en la concertada, lo que afecta alrededor de 700 profesionales. La Xunta de Galicia mantiene una posición de absoluta pasividad, haciendo la vista gorda, con solo una docena de expedientes incoados.
Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia vino a poner en jaque este sistema de incompatibilidades, al autorizar a una ginecóloga de A Coruña a compaginar sus servicios en el SERGAS y en un centro concertado, imitándola a las actividades que no sean objeto del concierto. Este pronunciamiento se enfrenta radicalmente a la doctrina del Tribunal Supremo sobre la prestación en dos centros que participen del sistema público de salud.
Resulta significativo que a pesar de la relevancia de este pronunciamiento, que cambia el criterio utilizado por la administración para denegar las autorizaciones, la Xunta de Galicia, que es parte en ese pleito, no haya presentado recurso de casación frente al Tribunal Supremo cuando es clara la jurisprudencia del mismo en este tema, lo que los obligó a intervenir.
La letrada de la Federación, Julia Álvarez, afirma que:
1. No se entiende esta Sentencia del TSXG que modifica de manera injustificada los criterios del Tribunal Supremo sobre compatibilidades, más aún habida cuenta la significación social de este conflicto, con cientos de profesionales que actualmente en Galicia compatibilizan o pretenden compatibilizar el servicio de manera contraria al ordenamiento jurídico. Ya no solo porque se legaliza el expolio de recursos humanos del servicio público, sino porque este pronunciamiento, de consolidarse, modificaría el edificio de compatibilidades beneficiando al capital privado ya favorecido por los conciertos sanitarios hechos a costa de nuestros impuestos y de nuestros servicios públicos.
2. Tribunal Superior de Xustiza entendió relevancia social de nuestra impugnación, que permitió la irrupción de la Federación en este pleito y que se nos autorizara a recurrir ante lo Supremo, a pesar de no formar parte de la controversia desde lo principio”.
La resolución de fondo en este procedimiento afectará, por su relevancia, a los estándares de calidad de la sanidad pública gallega. Esperamos que el Supremo confirme el criterio claro que viene sosteniendo desde hace décadas sobre la incompatibilidad”.
Asociación Galega para a Defensa da Sanidade Pública
10 de julio del 2019